Nuevo Protocolo de Inspección en Materia de Subcontratación: Lo que los empleadores deben saber.

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Nuevo Protocolo de Inspección en Materia de Subcontratación: Lo que los empleadores deben saber.

El 24 de noviembre de 2025, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó el Protocolo de Inspección en Materia de Subcontratación, un documento que establece los lineamientos que seguirán los inspectores federales para verificar el cumplimiento de la regulación aplicable a la prestación servicios y/u obras especializadas.

Este protocolo se suma a los esfuerzos del Gobierno Federal por fortalecer el régimen de subcontratación reformado en 2021, cuyo objetivo principal es evitar esquemas irregulares o simulados y garantizar condiciones laborales dignas para todas las personas trabajadoras.

Antecedentes

El protocolo expone brevemente cómo ha evolucionado la subcontratación hasta llegar al modelo actual, en el que solo es posible contratar servicios u obras cuando estos son especializados y no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la entidad beneficiaria.

Entre los requisitos indispensables que deben cumplir quienes prestan servicios especializados destacan:

  • Contar con registro vigente como prestador de servicios u obras especializadas (Repse)
  • Formalizar contratos de prestación de servicios u obras especializadas, con todos los elementos legales requeridos.
  • Identificar de manera clara a los trabajadores de los prestadores de servicios.
  • Renovar oportunamente el Repse, cuando aplique.
  • Cumplir con las obligaciones informativas ante Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)

¿Qué busca este nuevo protocolo?

El objetivo principal es proporcionar a la STPS una guía operativa clara para supervisar la legalidad de los esquemas de subcontratación. Con ello, las autoridades pueden identificar y sancionar:

  • Irregularidades documentales o inconsistencias de información.
  • Subcontratación prohibida, es decir, cuando el personal realiza actividades vinculadas al objeto social o actividad preponderante del beneficiario.
  • Subcontratación irregular, como la falta de Repse o de algún requisito legal.
  • Subcontratación simulada, cuando el supuesto prestador solo funge como intermediario.
  • Violaciones a las condiciones generales de trabajo, como falta de afiliación al IMSS, incumplimiento en el pago de salarios o de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU).

Ámbito de aplicación

Las inspecciones estarán a cargo de la Inspección Federal del Trabajo, se aplicarán en toda la República Mexicana y en cualquier centro de trabajo donde se presten servicios u obras especializadas.

Tipos de inspecciones

El protocolo contempla distintos tipos de visitas:

  • Inspecciones de constatación del Repse, dirigidas a quienes solicitan o ya cuentan con registro.
  • Inspecciones en materia de subcontratación, enfocadas en verificar el cumplimiento de la legislación vigente.
  • Inspecciones ordinarias y extraordinarias en materia de:
    • Condiciones Generales de Trabajo
    • Seguridad e Higiene
    • Capacitación y Adiestramiento

Estas inspecciones pueden iniciarse a partir de información compartida por el IMSS, Servicio de Administración Tributaria (SAT) e Infonavit, quienes cruzan datos sobre contratos, nómina, seguridad social y cumplimiento fiscal.

Facultades del inspector

Durante la visita, el inspector podrá:

  • Recibir documentación electrónica, si no se encuentra físicamente en el centro de trabajo.
  • Realizar recorridos oculares dentro de las instalaciones.
  • Entrevistar a trabajadores que presten los servicios u obras especializadas.

Documentos y elementos que se revisarán

Dependiendo del tipo de inspección, la autoridad puede solicitar:

  • Registro Repse.
  • Contratos de servicios u obras especializadas.
  • Acuses de cumplimiento de obligaciones informativas:
    • Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (Icsoe/IMSS)
    • Sistema de Información de Subcontratación (Sisub/Infonavit)
  • Cédula de determinación de cuotas IMSS (SUA).
  • Evidencia de que las personas trabajadoras están dadas de alta en el IMSS.
  • Información general sobre:
    • Número de trabajadores asignados
    • Recibos de nómina emitidos
  • Entrevistas a trabajadores para verificar condiciones reales de trabajo.
  • Evidencia de capacitación relacionada con la actividad especializada.
  • Contratos individuales de trabajo.
  • Verificación de que el personal no realiza actividades propias del objeto social del beneficiario.
  • Identificación del personal del prestador de servicios.

Posibles consecuencias de una inspección

Al concluir la revisión, podrá:

  • Cancelarse el registro Repse del prestador de servicios, si detecta incumplimientos graves.
  • Iniciar un Procedimiento Administrativo Sancionador, con el fin de determinar infracciones y multas, las cuales pueden ser considerables según la Ley Federal del Trabajo.

Conclusión

El nuevo Protocolo de Inspección en Materia de Subcontratación refuerza el marco regulatorio vigente y recuerda a los empleadores la importancia de mantener documentación completa, procesos claros y un cumplimiento estricto de la ley.

Para los centros de trabajo, los prestadores de servicios u obras especializados y los beneficiaros de dichos servicios u obras especializados, contar con una estructura sólida, contratos bien elaborados y un manejo transparente del personal será clave para evitar sanciones y garantizar relaciones laborales responsables. Si lo deseas, con mucho gusto podemos apoyarte en una revisión de tu nivel de cumplimiento.