

Como complemento al Decreto publicado el 19 de diciembre de 2024 y a las Disposiciones sobre los factores de riesgo de trabajo para garantizar el derecho al descanso durante la jornada laboral de las personas que trabajan de pie (bipedestación), publicadas el 17 de junio de 2025, el 15 de diciembre de 2025 entraron en vigor las últimas disposiciones relacionadas con la llamada “Ley Silla”.
Con la entrada en vigor de estas disposiciones, todas las obligaciones previstas en este marco normativo son plenamente exigibles para los empleadores. Entre las principales obligaciones se encuentran las siguientes:
El cumplimiento de estas obligaciones será un aspecto relevante a revisar dentro del Programa Anual de Inspección 2026, por lo que se recomienda a los centros de trabajo realizar las adecuaciones necesarias a la brevedad posible.